Se cae la consulta interna del Pacto Histórico, el 26 de octubre, por orden judicial

El Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente una tutela presentada por Diana Carolina Corcho Mejía y Gustavo Bolívar Moreno contra la resolución 09673 del Consejo Nacional Electoral (CNE), que otorgó la personería jurídica al Pacto Histórico como un partido único para las próximos elecciones, excluyendo a los movimientos Progresistas y Colombia Humana.

El pasado 25 de septiembre, en medio del estudio de la tutela, el Tribunal accedió a una medida cautelar solicitada y suspendió provisionalmente dicha resolución, permitiéndoles a los precandidatos inscribirse para las listas a Congreso y la consulta interna del Pacto Histórico para elegir su candidato a la Presidencia.

Sin embargo, la nueva decisión judicial tumba dicha suspensión y ratifica la decisión del CNE, que dejó fuera de la fusión del Pacto Histórico a Colombia Humana.

“Negar el amparo de los derechos fundamentales a la participación política e igualdad invocados por los solicitantes (…) Dejar sin efectos la medida provisional decretada por la entonces ponente en auto del 25 de septiembre de 2025”, se lee en el resuelve.

El Tribunal argumenta que “el condicionamiento impuesto no constituye un trato discriminatorio, sino una aplicación razonable y uniforme del marco normativo previsto en el artículo 14 de la Ley 1475 de 2011 y de los principios establecidos por la Corte Constitucional en la sentencia C-490 de 2011. Desde el test de igualdad, se observa que las circunstancias fácticas y jurídicas del caso justifican un trato similar al dispensado a otros movimientos que se encontraban bajo investigación administrativa”.

Vea el fallo completo

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